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Tras decisión de la Corte Constitucional, reviven las tradicionales corralejas de Sincelejo

ANSV  

La Corte Constitucional anuló este miércoles la sentencia C-041 de 2017, una decisión en la cual se había incluido a las corridas de toros, el rejoneo, las novilladas, corralejas, becerradas y peleas de gallos en la lista de eventos en los que se comete maltrato animal y que las prohibía en el país si el Congreso no legislaba sobre estas en dos años.

Con dicha nulidad, además, se levantó la prohibición que aplicaba el código penal a las personas que realizaran este tipo de actividades en lugares donde no hay arraigo de esta clase de expresiones como la tauromaquia.

Cabe señalar,  que sigue siendo efectiva la sentencia C-666, la cual expresa que la práctica la tauromaquia seguirá estando permitida solo en sitios de arraigo como lo son las tradicionales corralejas de sincelejo durante sus festividades del 20 de enero.

La sentencia anulada este miércoles había tumbado una parte de la ley del maltrato animal que excluía a la tauromaquia de las actividades que se consideran delito de maltrato animal.

La Corte además expresó en este fallo que ninguna autoridad territorial podrá destinar dineros públicos para financiar estas actividades.

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