El Ministerio del Interior firmó este miércoles 3 de noviembre el decreto 1408, mediante el cual se imparten nuevas instrucciones en virtud de la emergencia sanitaria por el covid-19 y para el mantenimiento del orden público en el país.
En el artículo 2, el decreto establece la exigencia del carné de vacunación contra el covid-19 o el certificado digital de vacunación descargado de la página mivacuna.sispro.gov.co en los que se evidencie al menos una dosis para ingresar a “eventos presenciales de carácter público o privado que impliquen asistencia masiva” y para entrar a “bares, gastrobares, cines, discotecas, lugares de baile, conciertos, casinos, bingos y actividades de ocio, así como escenarios deportivos, parques de diversiones y temáticos, museos y ferias”.
El cumplimiento de esta norma, dice el decreto, será responsabilidad de los “propietarios, administradores u organizadores de eventos presenciales de carácter público o privado” de estos eventos o lugares.
La medida entrará en vigencia desde el 16 de noviembre próximo para todos los mayores de 18 años y desde el 30 de noviembre para los mayores de 12 años.
En las consideraciones el decreto menciona que si bien el artículo 24 de la Constitución establece el derecho fundamental a circular libremente, “no es un derecho absoluto, pues consagra que puede tener limitaciones” con miras a “proteger el interés público, la seguridad nacional, el orden público y la salud”, de acuerdo con la sentencia T-483 de la Corte Constitucional.