Mediante el Decreto 0240 del 27 de abril del 2020, la Gobernación de Sucre expidió nuevas medidas enfocadas en reactivar la economía de los sectores de la construcción y la manufactura y continuar con la prevención del COVID-19.
El regreso de estas actividades se hará de manera paulatina y cumpliendo con las medidas preventivas de mitigación y protocolos de bioseguridad para reducir la exposición y contagio por coronavirus.
En el documento también especifica que las personas que ingresen al departamento, y que certifiquen que su arribo es con fines de trabajo para los sectores antes mencionados, deben informar a las autoridades sanitarias del departamento y municipios, indicando datos personales y el lugar de aislamiento. A su llegada deberán permanecer aisladas durante 14 días previos al inicio de sus actividades.
Las autoridades podrán hacer seguimiento y practicar las pruebas médicas que consideren necesarias.
Los sectores de construcción y manufactura, antes de reactivar sus labores, deberán crear protocolos de seguridad e higiene para los empleados, presentar estos protocolos y plan de seguridad ante las secretarías de Salud municipales para poder obtener un permiso de trabajo y apertura. La Gobernación, en conjunto con las alcaldías, revisará los documentos y dará los permisos o las respectivas correcciones a las empresas.
Otras de las excepciones incluidas es que las personas entre 18 y 60 años podrán desarrollar actividades físicas y ejercicio al aire libre, máximo durante una hora diaria. El horario permitido es de lunes a viernes, de 6:00 a 7:00 a. m, teniendo en cuenta la medida de pico y cédula establecida y protocolos de seguridad. Asimismo, está prohibido desplazarse de un municipio a otro, y no se podrán adelantar actividades físicas grupales.
Es importante mencionar que el aislamiento preventivo se extiende hasta el 11 de mayo, que sigue rigiendo el pico y cédula unificado, que continúan cerrados los colegios, universidades, jardines, restaurantes, bares, peluquerías, gimnasios y locales comerciales de sectores no esenciales.
La comercialización presencial de productos de primera necesidad está permitida, y se hará en mercados de abastos, bodegas, supermercados mayoristas y tiendas de barrios prestando el servicio desde las 6:00 a. m. hasta las 5:00 p. m. Se mantiene la comercialización a través de plataformas de comercio electrónico y/o por entrega a domicilio.
Por último, aquellos que no cumplan con el aislamiento se les impondrán multas de 32 salarios mínimos diarios ($936 320); también a quienes no acaten o impidan la función o la orden policial.