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La ANE adoptó nuevo Modelo de Vigilancia, Inspección y Control del Espectro Radioeléctrico


 

A través de la Resolución 348 de 2024, la Agencia Nacional del Espectro (ANE) adoptó el nuevo Modelo de Vigilancia, Inspección y Control del Espectro Radioeléctrico, con el propósito de fomentar el uso legal de este recurso mediante la implementación de estrategias que prevengan el incumplimiento de las obligaciones legales, reglamentarias y regulatorias que rigen su utilización, sin dejar de lado las acciones sancionatorias.

Con el nuevo modelo se desarrollarán estrategias de gestión mediante las cuales se promoverá la autogestión de los vigilados, así como estrategias preventivas encaminadas a dar a conocer las obligaciones y condiciones establecidas en las normas que rigen el uso del espectro radioeléctrico, generando de esta manera escenarios encaminados a garantizar un adecuado y eficiente uso del espectro radioeléctrico, que se suman a las actividades de vigilancia y control que viene adelantando la ANE.

La Resolución 348 traerá para la ANE los beneficios de modernizar, unificar y automatizar el esquema de inspección, vigilancia y control mediante la implementación y transformación digital de los procesos y procedimientos asociados a las actividades de recolección y análisis de información, promoción, seguimiento y ejecución de acciones que garanticen el uso adecuado del espectro y aquellas que ejecuten sanciones”, afirmó Juan Sebastián Henao, director (e) de la ANE.

El nuevo modelo establece la adopción de  estrategias preventivas, como el fortalecimiento de la articulación interinstitucional, la realización de talleres que promuevan el conocimiento del espectro radioeléctrico en todas sus dimensiones y la promoción a través del uso de mensajes transmitidos a través de diferentes medios que permitan educar, prevenir y combatir el uso no autorizado del espectro radioeléctrico y asegurar el cumplimiento de las normas relacionadas con el despliegue de antenas de radiocomunicaciones.

Para realizar una eficiente vigilancia y control del espectro, el nuevo modelo establece estrategias de gestión que se desarrollarán en tres fases, sin dejar de lado el ejercicio de la potestad sancionatoria, que puede ser aplicable en cualquiera de las siguientes fases:

  • Vigilancia: en esta primera fase, mediante la autogestión de los vigilados a través de un requerimiento de carácter general y periódico, se recolectará información para medir los parámetros técnicos y verificar la ocupación del espectro radioeléctrico de acuerdo con las obligaciones legales, reglamentarias y regulatorias establecidas.
  •  Inspección: cuando se identifique el uso no autorizado del espectro radioeléctrico, se promoverá la autogestión del vigilado mediante un requerimiento de carácter específico, en el que se le informarán las inconsistencias o incumplimientos. Se le instará a subsanar estos mediante un plan de mejoramiento que deberá presentar, incluyendo las acciones correctivas a implementar basadas en un cronograma propuesto a corto y mediano plazo. Si se determina que el plan de mejoramiento no es viable, este no se aprobará, dando lugar a la intervención de la ANE, que iniciará una investigación administrativa, según sea el caso.
  • Verificación: al finalizar el seguimiento de la implementación del plan de mejoramiento según el cronograma aprobado, la ANE podrá realizar visitas técnicas in situ para verificar el cumplimiento de las obligaciones y compromisos. De esta verificación in situ pueden surgir dos escenarios: i) devolución del vigilado al estado de supervisión denominado vigilancia, o ii) intervención de la ANE en el estado de supervisión denominado control mediante una investigación administrativa de carácter sancionatorio por incumplimiento del plan de mejoramiento.

Por último, el ejercicio de la potestad sancionatoria se continuará adelantando de acuerdo con el debido proceso administrativo sancionatorio en los términos del Título III del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, y se implementará un sistema de dosimetría sancionatoria a partir de una herramienta basada en el Proceso de Análisis Jerárquico (AHP, por sus siglas en inglés), que permitirá establecer los daños causados y los agravantes o atenuantes en los cuales puede incurrir un infractor, con el fin de delimitar la sanción administrativa bajo los postulados del principio de proporcionalidad, con enfoque diferencial.

Conozca la Resolución 348 de 2024 aquí: https://acortar.link/KEfYgD

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